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CNE abrió el lapso de Excepciones al Servicio Electoral hasta el 14 de julio

La rectora del Consejo Nacional Electoral (CNE), Tania D’ Amelio, recordó este lunes que el Servicio Electoral es un deber de las venezolanas y venezolanos establecido en el artículo 134 de la Constitución.

A través de la red social Twitter, la funcionaria hizo esta aclaratoria en el marco del proceso constituyente que se realiza el 30 de julio.

Explicó que se estableció el lapso para las Excepciones al Servicio Electoral, entre el 10 y 14 de julio de 2017.

El Servicio Electoral es un deber de las venezolanas y venezolanos establecido en el artículo 134, de la Constitución.

Acotó que la Ley Orgánica del Proceso Electoral desarrolla «este deber, definiéndolo, estableciendo las funciones, las excepciones y sanciones».

“Además la Lopre indica las causales de excepción, los lapsos para su interposición y sustanciación”.

La Ley Orgánica del Proceso Electoral desarrolla este deber, definiéndolo, estableciendo las funciones, las excepciones y sanciones. pic.twitter.com/j1CLgOM9er

Además, la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE) indica las causales de excepción, los lapsos para su interposición y sustanciación. pic.twitter.com/YhtwDUXhvZ

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El CNE abrió el lapso de Excepciones al Servicio Electoral, para lo cual el interesado debe entrar a http://www.cne.gob.ve/web/index.php