Precio del boleto aéreo en Venezuela se basará en las millas recorridas
El Ministerio de Transporte Acuático y Aéreo divulgó ayer las normas para fijar las tarifas de los pasajes aéreos, tal como prometió el jueves en una reunión con representantes de aerolíneas internacionales.
La providencia — que es la número PRE-CJU-GDA-285-14 y apareció publicada en la Gaceta Oficial número 40.432 que circuló ayer— establece que las aerolíneas presenten las bandas tarifarias vigentes dentro de los 5 días continuos a partir de la publicación de la normativa, es decir, hasta el próximo martes 17 de junio e igualmente, la normativa especifica que las empresas deben presentar al instituto su propuesta tarifaria con un plazo de 30 días continuos previos a la fecha de ejecución.
Las normas refieren que los nuevos costos de pasajes se basarán en el “sistema de doble aprobación” realizado por los organismos rectores en materia aeronáutica y por el “total de millas recorridas por los transportistas aéreos extranjeros desde y hacia destinos similares”. Así lo indica la providencia firmada por el presidente del Instituto Nacional de Aeronática Civil (Inac), Pedro Antonio González.
Asimsimo, para fijar las tarifas, las aerolíneas deben consignar ante el Inac el punto de origen y destino de la operación; las clases de servicio aéreo (Primera Clase, Ejecutiva, Económica y sus Subclases); el designador tarifario; número de asientos disponibles; tipo de viaje (ida y vuelta o solo ida); precio de venta incluyendo tasas aeroportuarias o impuestos; condiciones y restricciones para la venta presentadas por el transportista aéreo extranjero para cada clase y subclase tarifaria y aprobadas por la autoridad aeronáutica.
Estos parámetros deberán ser calculados bajo la tasa que dicte el Sicad 2 y alcanzará también a los servicios de carga y correo aéreo. Las normas buscan destrancar el mercado de boletos aéreos por la deuda estimada de $4.200 millones que mantiene el Gobierno con las aerolíneas internacionales.
Las tarifas aprobadas, que deberán ser expresadas en dólares estadounidenses, serán publicadas por la autoridad aeronáutica nacional en el portal digital: www.inac.gob.ve.
Por su parte, los transportistas aéreos extranjeros deberán publicar en un lugar visible y de fácil localización, tanto en la entrada como dentro del establecimiento respectivo, a saber: los aeropuertos, las oficinas comerciales, las agencias de viaje, así como en el portal digital correspondiente, y en los periódicos de mayor circulación del país, la lista de precios de las distintas clases tarifarias expresadas en dólares del servicio que prestan.
Entre los objetivos de la providencia se menciona que se busca garantizar que las líneas aéreas “tengan una posibilidad justa de competir” en este mercado y favorecer el turismo y el comercio justo.