TSJ en el exilio declara la falta absoluta del Presidente de la República
Este miércoles fue declarado por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en el exilio la falta absoluta del presidente de la República, Nicolás Maduro, en Venezuela. Como consecuencia y bajo los lineamientos de la Constitución, el órgano decretó la urgencia de llenar el presunto vacío de poder.
El Supremo en el exilio indicó, a través de un texto colgado en su cuenta Twitter, que la decisión tomada se debe a que “existe en este momento formalmente, un vacío institucional en el Poder Ejecutivo nacional, dado que la persona que pretende erigirse en calidad de primer mandatario presidencial del país fue suspendido en el ejercicio del cargo e inhabilitado en el ejercicio de sus derechos políticos por orden de la ley penal especial”.
Por otro lado, la institución aseguró que Maduro habría incurrido en una “renuncia tácita” postularse para la convocatoria de las pasadas elecciones presidenciales realizadas en mayo.
Sin embargo, el texto indica que la Asamblea Nacional es el único órgano apto para suplir el cargo y el vacío constitucional que deja.
En mayo de 2018, Mediante un anuncio realizado en Panamá por su presidente, Miguel Ángel Martín, el Tribunal Supremo de Justicia en el exilio anunció la suspensión de Nicolás Maduro como presidente de la República, así como su inhabilitación para ejercer cargos públicos.
En su intervención, el magistrado hizo mención a la notificación enviada el pasado 9 de abril por la Asamblea Nacional, en la cual se informó la autorización para continuar con el juicio penal sobre el mandatario nacional.